Manuel
Gómez Granados
Recientemente el país se regocijó con la
restitución de la libertad al profesor chiapaneco Alberto Patishtán. La suya
fue una odisea de más de 15 años en la que se exhibieron como en muestrario
todo tipo de errores, absurdos, quizás corruptelas y, sobre todo, abusos. La
solución a la que se llegó es plausible en la medida que sacó de la cárcel al
profesor, pero abre la puerta a muchas preguntas. Unas acerca de la medida en
sí misma y otras acerca del uso que la Presidencia de la República, sin
importar quién sea su titular, podría darle.
Parte del problema tiene que ver con el hecho
de que el indulto fue la única solución posible al caso de Patishtán. Para
hacerla realidad se tuvo que reformar el Código Penal Federal, agregándole el
artículo 97 bis, pero esa adición dejó intocados algunos problemas. El más
importante es que Patishtán, técnicamente, sigue siendo culpable de los delitos
que lo llevaron a la cárcel. En este sentido, sus derechos políticos no han
sido rehabilitados. Tampoco hubo reparación del daño y, aunque la concesión del
indulto y la reforma del Código Penal Federal que lo precedió, hablan de un
reconocimiento de una situación injusta, los poderes del estado de Chiapas no
han acertado a hacer lo que correspondería: admitir que hubo errores muy graves
en el proceso que terminaron por costarle 15 años de vida al profesor. Sería
deseable que en Chiapas, donde se vive una compleja movilización magisterial,
los poderes tuvieran la sensibilidad para admitir que se cometió una injusticia
(algo que ya aceptó el gobernador Manuel Velasco) y que, dado que no es posible
reparar el daño, se pida perdón por el daño causado.
Hay otra dimensión. Desde 1989 hasta el 30 de
octubre de este año, todas las reformas a la Constitución y las más importantes
leyes del país corrieron en la lógica de desmontar las que Jorge Carpizo
llamaba las “facultades metajurídicas” de la presidencia de la República. Fue
así como se autonomizó al Banco de México, al IFE y otras instituciones y fue
así como otras instituciones fueron creadas en los últimos 20 o 23 años. La
reforma del artículo 97 bis rompe con esa lógica y fortalece una vez más la
figura presidencial. Le da de nueva cuenta la posibilidad de ser el gran
árbitro de la vida pública mexicana. Lo hace, además, sin que existan controles
de alguno de los otros poderes. Las cámaras del Congreso de la Unión pueden
proponer, pero—en estricto sentido—es facultad personal y discrecional del
Presidente conceder o no el indulto.
¿Qué hará la presidencia con estos nuevos
poderes? La pregunta es pertinente porque en Estados Unidos, donde la figura
del indulto existe hace mucho tiempo, han sido frecuentes los abusos. Lo hizo
Gerald Ford en los años 1970 con Richard Nixon, Ronald Reagan en los años 1980 con Oliver North, entre otros, Bill Clinton en los
años 1990 con Marc Rich y George Bush hijo indultó entre otros muchos a Scooter
Libby. Todos beneficiaron en mayor o menor medida a aliados y subordinados. Una
de las tradiciones del último día de gobierno en EU es conocer los indultos que
el presidente decide otorgar de manera discrecional, además de que en EU,
también los gobernadores de los estados pueden indultar reos.
¿Qué sucederá en México con los indultos
presidenciales? ¿Harán más absurdo nuestro sistema de justicia? ¿Nuestros gobernadores
también buscarán dispensar indultos? Si es así, ¿habrá límites en el uso de
esas facultades?
Enlace: http://www.excelsior.com.mx/opinion/manuel-gomez-granados/2013/11/09/927746
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